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martes, 29 de julio de 2014

AYUDA DE GASTOS PARA MATRIMONIO, UN BENEFICIO MÁS QUE OFRECE IMSS A SUS DERECHOHABIENTES


  • Si ambos cónyuges son asegurados y reúnen los requisitos correspondientes, los dos tienen derecho a la ayuda 
Entre los diversos servicios que presta la delegación Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) entre sus derechohabientes está la ayuda para gastos de matrimonio, pues es un beneficio más al que tienen derecho.
El responsable de la Jefatura de Prestaciones Económicas y Sociales delegacional, José Armando García Larumbe, explicó que se trata de un trámite que debe hacerse en forma personal por el trabajador asegurado e. incluso, si ambos cónyuges con trabajadores asegurados, cada uno recibe la ayuda. 
Detalló que la ayuda para gastos de matrimonio consiste en 30 días de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal, vigente a la fecha de la celebración del matrimonio. El artículo 165 de la Ley del Seguro Social refiere que aquellos trabajadores que quieran solicitar la prestación deben cumplir con tener acreditado un mínimo de 150 semanas de cotización en el Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de celebración de matrimonio.
En caso de haber estado casado previamente, deberá demostrar con documentos legales la muerte de la persona que registró como cónyuge ante el Instituto, o en su caso exhibir el acta de divorcio, y que cualquiera de los cónyuges no haya sido registrado con anterioridad en el IMSS con esa calidad.
De igual manera se pide que estén vigentes como asegurados, o solicitar la prestación dentro de los 90 días hábiles posteriores a la fecha de haber causado baja en el IMSS.
El funcionario del Seguro Social, aclaró que este derecho se puede ejercer una sola vez, y el asegurado no tendrá derecho para posteriores matrimonios. Dicho trámite es personal, y se solicita en la Unidad de Medicina Familiar en que se encuentra adscrito el asegurado, en el Control de Prestaciones.
Los requisitos que debe presentar son: el acta de matrimonio original, credencial ADIMSS (si cuenta con ella) o tarjeta de afiliación del asegurado o credencial de pensionado, copia de su estado de cuenta de Afore, credencial del INE, o pasaporte vigente y copia de la solicitud de ayuda de gastos de matrimonio que el Instituto otorga.
El Instituto entregará al solicitante un documento certificado para que sea presentado en el Afore correspondiente, ya que será ahí en donde se hará el cobro de la prestación.
En tanto, el delegado del Seguro Social, José Luis Ávila Sánchez, indicó que ante cualquier duda, los derechohabientes que cumplan con todos estos requisitos pueden acudir a las áreas de Prestaciones Económicas en las ciudades donde el IMSS tiene presencia.

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