jueves, 28 de abril de 2016

SERVIDORES PÚBLICOS DEBEN ANTEPONER LA ÉTICA PROFESIONAL A LOS INTERESES PARTICULARESA: IRAZEMA GONZÁLEZ

Palacio Legislativo del Estado de México, abril 28 de 2016.-  Los servidores públicos “debemos anteponer la ética profesional a los intereses particulares”, y devolver a la sociedad la confianza en la eficacia de la administración pública, mientras los ciudadanos deben transmitir a sus hijos que la ética pública es fundamental para el desarrollo de la sociedad, mencionó la diputada mexiquense Irazema González.

Durante la presentación del Cuaderno de Ética para los Servidores Públicos No. 18 “Componentes para un Sistema Nacional Anticorrupción desde un Enfoque Ético”, por parte del investigador de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), Oscar Diego Bautista, la diputada local por el Distrito 29 con cabecera en Naucalpan dijo que el Sistema Nacional Anticorrupción funcionará en la medida en que exista una mayor participación ciudadana en la rendición de cuentas y el actuar público.

La representante naucalpense ante la 59 Legislatura mexiquense se refirió también a las reformas a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, que dijo, tiene como objetivo aumentar el plazo de prescripción de las faltas administrativas a fin de contar con un periodo adecuado para instaurar, desarrollar y resolver los procedimientos disciplinarios.

En este sentido, la reforma señala que el plazo de prescripción aumenta de uno a tres años si la sanción disciplinaria es de amonestación, suspensión del empleo, cargo o comisión, la destitución y la inhabilitación, cuando no se impongan con una sanción económica o se finque una responsabilidad resarcitoria.

También incrementa el plazo de tres a cinco años para aquellos casos que impliquen una sanción económica, sanción pecuniaria por extemporaneidad u omisión en la presentación de manifestación de bienes, en la imposición de amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación cuando se demuestre que existió un beneficio obtenido, daño o perjuicio causado a los fondos, valores, recursos económicos del estado, municipios o de aquellos concertados o convenidos con la federación y los municipios o al patrimonio de los organismos auxiliares y fideicomisos públicos y también para imponer la sanción derivada del conflicto de intereses.


Contacto:
Eneas Mares
Tel. 65 86 71 00
Cel. (55) 27 62 20 73
Correo: d.irazema.gonzalez@gmail.com

Twitter: @Irazema_G

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