+ Las especies mostradas en las imágenes no corresponden a alguna de las enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010
+ La pesca deportiva está regulada por la NOM-017-PESC-1994, por lo cual la PROFEPA solicitó a la CONAPESCA continuar con la investigación.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) inició una investigación contra el C. Joaquín Badillo, luego de recibir distintas denuncias que muestran las fotografías publicadas en redes sociales por la misma persona donde aparece con 22 ejemplares de tiburón juvenil, cazones, presuntamente obtenidos mediante pesca deportiva.
Del análisis realizado por la PROFEPA de la información e imágenes presentada en las denuncias, notas periodísticas y redes sociales se desprende que la especie pescada por el C. Badillo corresponde a Tiburón sedoso o piloto (Carcharhinus falciformis), la cual es común de las zonas tropicales y subtropicales, de distribución muy extensa, pues en la región oriental del Océano Pacífico se distribuye desde las costas de California hasta Perú.
Aunque esta especie, al día de hoy, no se encuentra catalogada en alguna categoría de riesgo de extinción o enlistada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, es importante investigar bajo qué circunstancias se realizó la pesca de estos ejemplares pues de las 104 especies de tiburones que se distribuyen en México se estima que el 40% está sometido a algún grado de explotación y se teme que varias de ellas estén en peligro de extinción.
Dentro de las especies más explotadas, se encuentra el tiburón sedoso la cual es una especie importante en las pesquerías tropicales y la más frecuente de las especies reportadas como pesca incidental en diversas pesquerías oceánicas, como la de atún y pez espada, incluso en el Pacífico Mexicano, es la especie más capturada por la pesquería artesanal ocupando el 51% de la producción de tiburones.
Por lo anterior, la PROFEPA ha solicitado a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) continúe con la investigación relativa a determinar si se dio cumplimiento a las disposiciones sobre la pesca responsable de tiburones y rayas, y sobre pesca deportiva, contenidas en las normas oficiales mexicanas NOM-PESC-029-2006 y laNOM-017-PESC-1994, respectivamente.
A la PROFEPA corresponde la protección de las especies de tiburón enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010, las cuales son el Tiburón Blanco (Carcharodon carcharias), el Tiburón peregrino (Cetorhinus maximus) y el Tiburón ballena (Rhincodon typus), especies sobre las cuales solo se permite el aprovechamiento no extractivo mediante actividades de observación y nado.
La investigación de la CONAPESCA se deberá enfocar a determinar si en este caso la pesca se realizó al amparo de algún permiso, las personas que intervinieron y si fue respetada la temporada de veda y los límites máximos de captura. La normativa en materia pesquera establece que la actividad de pesca deportiva quedara sujeta a límites máximos de captura de 10 ejemplares diarios por pescador, no más de cinco de una misma especie y cuando se trate de marlín, pez vela, pez espada y tiburón, el límite máximo por pescador y día será de un solo ejemplar de cualquiera de estas especies, los que también serán equivalentes a cinco organismos de otras especies, en ese sentido, y de conformidad con lo mostrado en las imágenes, se estaría incumpliendo con estas previsiones.
Cabe resaltar que 12 especies de tiburones son de alto interés comercial y su captura oscila entre 23,000 y 30,000 toneladas anuales totales de tiburón y cazón; por lo cual es necesario que se realicen las investigaciones que correspondan para identificar a las especies que requieran enlistarse de manera urgente en alguna categoría de protección.
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